Declaración de donaciones: impuestos y pasos clave en 2026
Las donaciones implican la transmisión gratuita de bienes en vida, pero también conllevan obligaciones fiscales que es importante conocer para evitar errores, sanciones o pagos innecesarios. Muchas personas desconocen que tanto quien recibe como quien dona pueden tener implicaciones fiscales.

A continuación te explicamos cómo declarar una donación, qué impuestos intervienen y cuáles son los aspectos clave que debes tener en cuenta para gestionar correctamente este proceso.
Impuesto aplicable a las donaciones
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD): es el tributo que grava las donaciones y se gestiona por las comunidades autónomas, aunque su regulación básica es estatal.
Obligación de declarar: la persona que recibe la donación (donatario) debe presentar el impuesto correspondiente.
Plazo de presentación: el plazo general es de 30 días hábiles desde la fecha de la donación, lo que exige actuar con rapidez para evitar recargos.
Pasos para declarar una donación
Formalización de la donación: en algunos casos, como en bienes inmuebles, debe realizarse ante notario mediante escritura pública.
Valoración del bien donado: es necesario determinar el valor real del bien transmitido conforme a los criterios fiscales vigentes.
Presentación del impuesto: se debe presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ante la comunidad autónoma correspondiente.
Otros impuestos adicionales: en el caso de donar un inmueble, puede ser necesario liquidar también la plusvalía municipal.
Tributación del donante
Aunque muchas personas lo desconocen, el donante también puede tener obligaciones fiscales:
Ganancia patrimonial en el IRPF: si se dona un bien que ha aumentado de valor, el donante debe declarar esa ganancia como si se tratara de una venta.
Error frecuente: pensar que solo tributa quien recibe la donación, cuando en realidad ambas partes pueden tener implicaciones fiscales.
Comunidad autónoma competente
La tributación de las donaciones depende de la comunidad autónoma en la que se deba presentar el impuesto:
- Inmuebles: se tributa en la comunidad autónoma donde esté situado el inmueble.
- Dinero u otros bienes: se tributa en la comunidad autónoma donde resida el donatario.
- Diferencias autonómicas: cada comunidad aplica sus propias reducciones y bonificaciones, lo que puede generar diferencias importantes en el coste final.
Renuncia a una herencia y su relación con donaciones
En algunos casos, las decisiones sobre herencias pueden tener implicaciones fiscales similares a las donaciones:
Renuncia pura y simple: no genera tributación para quien renuncia.
Renuncia en favor de otra persona: puede considerarse una donación y, por tanto, estar sujeta a tributación.
Recuerda que es fundamental planificar correctamente las donaciones, cumplir con los plazos establecidos y conocer las implicaciones fiscales tanto para el donante como para el receptor, ya que una mala gestión puede generar costes innecesarios. Contar con asesoramiento profesional puede marcar la diferencia, especialmente cuando existen inmuebles o patrimonios relevantes involucrados.
